Seguro de Transportes Terrestre

Seguros de Transportes

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Seguro de Transportes Terrestre

Seguro de Transportes Terrestre

Seguro de Daños materiales por el cual el asegurador se obliga a indemnizar los daños que puedan sufrir con ocasión o consecuencia del transporte las mercancías porteadas, siempre y cuando vayan adecuadamente envasadas o embaladas de acuerdo con su naturaleza y medio de transporte.

Dirigido a: 


  • Cargador (comprador/vendedor, en su condición de propietario). 

  • Intermediarios (Transitarios, Agencias de transporte, Agentes aduaneros). 

  • Transportistas (autónomos o empresas de transporte).
  • Organizadores de exposiciones y propietarios de obras de arte.

Principales ventajas

  • Para el propietario: su patrimonio no se verá afectado en caso de que la mercancía sufra un daño con ocasión del transporte.
  • Para los intermediarios: no tendrá que hacer frente a ningún tipo de reclamación en caso de que la mercancía, que esté bajo su ámbito de responsabilidad, sufra un daño.

COBERTURAS OBLIGATORIAS

  • Incendio, rayo o explosión, cualquiera que sea su origen, excepto la combustión espontánea.
  • Accidente del medio de transporte.
  • Gastos de Salvamento.
  • Riesgos extraordinarios.
  • Riesgos de huelgas.

COBERTURAS OPCIONALES

  • Daños durante la carga y/o descarga.
  • Roturas ocasionadas durante el transporte.
  • Sustracciones parciales de contenido con rotura de embalajes o envases.
  • Robo.
  • Falta de entrega de bultos, mojaduras, podredumbre, incendio en lugares cerrados.

MODALIDADES

Póliza a prima fija
Es apropiada para los propietarios de camiones, porque la prima se establece por una anualidad, en función del capital máximo asegurado por vehículo. 



Póliza flotante
Encaminada principalmente a atender las necesidades de los propietarios de mercancías, esta póliza obliga al asegurado a dar comunicación de cada uno de los viajes realizados, estableciéndose una tasa para cada uno de ellos en función de la mercancía asegurada. 



Póliza flotante fija
Dirigida también a los propietarios de las mercancías, se diferencia por la obligación que implica al asegurado de comunicar a MAPFRE el volumen anual previsto de mercancías transportadas. En función de este volumen se atribuye una tasa anual, regularizable si ese volumen estimado es mayor o menor al previsto. Esta modalidad es más adecuada para aquellos clientes con viajes muy frecuentes que quieran evitarse la incomodidad de dar comunicaciones diarias. 



Póliza temporal
Su objeto es dar cobertura a un viaje eventual.

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28027 Madrid
Tel: 91 405 35 98
Atención presencial (horarios): L-V 09:00h-18:00h
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